Ciberdelitos en la Red. Las Criptomonedas.

Hay muchos ciberdelitos (véase en el BOE, a través de Mis Códigos, y en este enlace donde se tiene el CÓDIGO DE CIBERSEGURIDAD en Internet, y de muchas cosas que se encuentra uno, es la que se está haciendo es, como moda, las criptomonedas.

En nuestro país, si abrimos una cuenta de criptomonedas, debemos estar sujetos a través de la Agencia Tributaria, para hacer frente para el pago de los impuestos que debamos presentar como si fueran otros textos pormenorizados.

Encuentro en el mismo código sobre ciberseguridad, este párrafo (Página 307 del citado código (§ 14 Estrategia Nacional de Ciberseguridad. OJO, que de vez en cuando ponen nuevos contenidos al respecto. Este es el actual publicado hasta la fecha de hoy. Está en el capítulo 2, que hace referencia a las amenazas y desafíos en el ciberespacio. Todo esto, se refiere a este apartado: Orden PCI/487/2019, de 26 de abril, por la que se publica la Estrategia Nacional de Ciberseguridad
2019, aprobada por el Consejo de Seguridad Nacional
):
(...) 
El empleo de nuevas modalidades de transacción financiera y económica, como las criptomonedas, para el tráfico y el comercio de bienes y prestación de servicios ilícitos o la extorsión, el fraude y la falsificación de medios de pago no monetarios, constituyen un serio desafío a la seguridad por su sofisticación y complejidad. Estos pueden ser utilizados en el
blanqueo de capitales y la evasión de impuestos y representan una fuente de ingresos para el crimen organizado y por lo tanto son facilitadores de otras actividades como la financiación del terrorismo, que toma provecho de la dificultad de seguimiento que estas nuevas técnicas ofrecen.
Los ciberdelincuentes operan bajo esquemas de crimen organizado y continúan explorando de manera incesante técnicas sobre las que construir modelos de negocio lucrativo y de bajo riesgo, amparados por la difícil trazabilidad de sus acciones.

Los grupos terroristas tratan de aprovechar las vulnerabilidades del ciberespacio para realizar ciberataques o para actividades de radicalización de individuos y colectivos,
financiación, divulgación de técnicas y herramientas para la comisión de atentados, y de reclutamiento, adiestramiento o propaganda. Íntimamente relacionado con ello, se halla la amenaza contra las infraestructuras críticas, con la posibilidad cierta de causar un colapso a través de las redes mediante una caída en cadena de los servicios esenciales.

Los grupos hacktivistas realizan ciberataques por razones ideológicas y, aprovechándose en ocasiones de productos, servicios y herramientas disponibles en el ciberespacio, buscan desarrollar ataques con un gran impacto mediático o social.

Por tanto, en nuestro país ya está claramente tipificado con esta clase de delitos, pues están al orden del día para prevenir sobre este tipo de delitos que hay en Internet.

El peligro existe, y está existiendo en muchos frentes y partes de nuestro país (no solo en el nuestro). ¿Cómo se puede arreglar esto?: generalmente, con denuncias.

Yo no utilizo los servicios de Internet para delinquir, ni para provocar en contra de las personas. Soy una persona que, hace un trabajo extraordinario: comprar.

Si alguien está haciendo un uso de un sitio bastante famoso, como Aliexpress, o cualquier otro, que va vendiendo servicios, lo más lógico es, que sirva poner sus formas de pagos y demás servicios (Aliexpress tiene). Si no se va a prestar o mandar una cosa que se le pide, lo más lógico es, que devuelva el dinero la gente de Aliexpress. Pues tienen un servicio que, cuando se pide una cosa, el vendedor, por obligación, ha de mandar el producto solicitado. Una vez prestado este servicio, el comprador, se compromete a recibir el producto, tal y como estaba estipulado en su página de ventas que tiene en el portal (como «seller», que lo es). Una vez que el comprador recibe el producto, automáticamente, al indicar al sistema que lo ha recibido en tiempo y forma, es ahí cuando el vendedor recibe el dinero pagado por el comprador.

La garantía que tiene Aliexpress es bastante, como para poder hacer pagos de distintos productos y distintos servicios que trae hoy en día.

Generalmente, cuando pagas una cosa, lo más sensato es, por las vías prestadas por distintos servicios, como también lo hacen en eBay, que es otro portal importantísimo de compras de Internet, donde hay de todo y se compra de todo. ¿Que el vendedor no lo puede mandar, o prestar? ¡No pasa nada! El vendedor tiene la obligación (y por LEY en distintos países y España, por supuesto) de devolver el dinero pagado por el comprador. De no hacerlo, está incurriendo un delito de apropiación de bienes ajenos.

Por tanto, hay que tener mucho cuidado con ciertos tipos de personajes que hacen uso del dinero ajeno.

Muchas gracias y un saludo.